domingo, 5 de febrero de 2017

Modifican Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales

Publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 05 de febrero del 2017.
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL
DE LA MAGISTRATURA
Nº 050-2017-CNM
Lima, 18 de enero de 2017
VISTOS:
El acuerdo de Pleno N° 093-2017, el Informe Nº 000003-2017-OPCT de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica, el Informe Nº 000085-2016-OAJ/CNM de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 000004-2017-DSN/CNM de la Dirección de Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales y el Informe Nº 012-0324-2016-002–“Verificación del cumplimiento de la normativa relacionada al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y la Ley del Silencio Administrativo” del Órgano de Control Institucional; y,
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución Nº 228-2016-CNM se aprobó el Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 26397-Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura y la Ley Nº 29277- Ley de la Carrera Judicial, y demás normas pertinentes; como parte de la mejora continua de los procedimientos relacionados con el ejercicio de las funciones constitucionales del Consejo Nacional de la Magistratura;
El Órgano de Control Institucional, mediante Informe Nº 012-0324-2016-002 “Verificación del cumplimiento de la normativa relacionada al Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y a la Ley del Silencio Administrativo”, ha constatado que en el Reglamento de Concursos indicado en el considerando precedente, en relación al acceso de los postulantes a los resultados de su evaluación psicológica y psicométrica, difiere con el tratamiento que sobre el particular establece el artículo 47° del Reglamento del Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Público; situación que resulta necesario uniformizar;
Estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura adoptado en sesión de 18 de enero de 2017, indicado en los vistos, y de conformidad con lo establecido en los artículos 21º, inciso g) y 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el artículo 41º del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolución Nº 228-2016-CNM, con el texto siguiente:
“Artículo 41º.- El resultado de la evaluación psicológica y/o psicométrica es inimpugnable y es conocido solamente por los miembros del Pleno del Consejo y el postulante.
El postulante puede acceder a los resultados de esta evaluación una vez concluida su entrevista personal.”
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el Boletín Oficial de la Magistratura del portal institucional: www.cnm.gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUIDO AGUILA GRADOS

Presidente

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