martes, 24 de julio de 2012

DERECHOS REALES - Nociones Generales y Concepto - PARTE I

La norma mantiene el criterio del numerus clausus de los derechos reales en cuanto remite la regulación de los derechos reales al mismo Código y a otras leyes. Fue propuesta por la Comisión Revisora y registra como antecedente al artículo 852 del Código Civil de 1936, que disponía que por los actos jurídicos solo podían establecerse los derechos reales reconocidos por el código. Pero, aún cuando parece distanciarse de la norma que le sirve de antecedente, mantiene el criterio de la tipificación legal de los derechos reales y de su regulación por norma legal que es de reconocimiento.

No hay comentarios:

Publicar un comentario